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04/05/2026
Entrada en vigencia del Acuerdo Interino de Comercio entre MERCOSUR y la Unión Europea, que comenzó a regir el 1° de mayo de 2026.
Este acuerdo ya está operativo y empieza a generar beneficios concretos para las importaciones desde Europa.
¿Desde qué países aplica?
El acuerdo alcanza a productos originarios de los siguientes países de la Unión Europea:
Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumania y Suecia.
El acuerdo se encuentra vigente desde el 1° de mayo de 2026.
👉 A partir de ahora, las operaciones de importación pueden comenzar a evaluarse bajo este esquema preferencial.
No todos los productos bajan a 0% automáticamente.
Cada mercadería tiene asignada una categoría de desgravación, lo que implica:
Un esquema de reducción gradual del arancel
Un punto de partida denominado “Año 0” (desde mayo a diciembre 2026)
A partir de ahí, reducciones anuales hasta llegar eventualmente a 0%
20/01/2026
Resolución N° 10/2026
Publicada HOY – rige a partir de hoy
Lo importante
Apertura de investigación por dumping
Origen: República Popular China
Producto: Máquinas de lavar ropa de capacidad unitaria, expresada en peso de ropa seca, inferior o igual a 13 kilogramos
Estado: NO hay medidas aún → solo apertura de investigación
1️⃣ Qué decide la resolución
✅ Se abre formalmente una investigación antidumping contra lavarropas chinos de hasta 13 kg.
❌ No se aplica todavía derecho antidumping ni medida provisional.
2️⃣ Mercadería alcanzada
✔ Incluida
Lavarropas automáticos o semiautomáticos
Capacidad ≤ 13 kg
Uso doméstico
Origen: China
📦 Posiciones arancelarias NCM
8450.11.00
8450.12.00
8450.19.00
8450.20.20
3️⃣ Qué NO cambia hoy
❌ Derechos antidumping
❌ Valores criterio
❌ Licencias automáticas nuevas
❌ Prohibiciones
❌ Cupos
❌ Cambios arancelarios
👉 Hoy se sigue importando normalmente.
4️⃣ Qué SÍ cambia en la práctica (impacto real)
🔴 Para importadores
Alto riesgo de medidas provisorias en un plazo estimado de 2 a 9 meses.
05/12/2025
Resolución N° 1944/2025
Rige a partir de hoy.
Mercadería
“hornos eléctricos, de uso doméstico, de capacidad superior o igual a DIECIOCHO LITROS (18 l) pero inferior o igual a SESENTA LITROS (60 l), excepto los de empotrar”
Origen
República Popular China
Lo importante:
-Se abre periodo de recopilación de datos (abajo resolución completa con detalle de plazos)
-No se aplican medidas antidumping mientras dure el procedimiento de exámen iniciado.
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