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NUEVO HORIZONTE NOTICIAS.

CONTRALMIRANTE VILLAR, 08 DE JULIO
La Municipalidad Provincial prendió fuego al botadero de basura de Bocapán, a solo 1 km y 1/2 del centro poblado. El humo tóxico cubre toda la zona y vecinos alertan riesgo grave para la salud.

Edwin Saldarriaga Valladares, presidente decla Junta Vecinal de Bocapán: se pronunciocy dijo
“Es una acción irresponsable y totalmente ILEGAL. El humo quema ojos, garganta y afecta de inmediato a niños, adultos mayores y enfermos respiratorios. Exigimos apagarlo YA y manejar la basura como manda la ley”.

ESTO DICE LA LEY, EXPRESAMENTE PROHIBIDO

Art. 2° Inc. 22 Constitución 1993: Derecho fundamental a g***r de un ambiente sano.
Art. 24° Ley N° 27314 – Ley General de Residuos: QUEMA A CIELO ABIERTO PROHIBIDA EN TODO EL PAÍS, solo se admite en plantas técnicas autorizadas; Art. 49°: las municipalidades deben gestionar bien la basura, NUNCA quemarla.
Arts. 1°, 7°, 119° y 122° Ley N° 28611 – Ley General del Ambiente: Contaminar el aire por encima de límites seguros es INFRACCIÓN GRAVE, genera responsabilidad directa a quien lo ordena o ejecuta.
Art. 123° D.S. N° 003‑2013‑MINAM: La quema en botaderos es PRÁCTICA NO AUTORIZADA Y DE ALTO RIESGO, prohibida taxativamente.
Art. 109° Ley N° 26842 – Ley General de Salud: Emisión de humos tóxicos sin control atenta contra la salud pública.
Arts. 80° y 119° Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades: Es deber de la comuna proteger el ambiente y la salud, NO contaminar.

CONSECUENCIAS Y EXIGENCIAS

Esta quema libera dioxinas, metales pesados y partículas que causan enfermedades crónicas. Configura infracción ambiental grave, responsabilidad administrativa, funcional y hasta penal para los responsables.
PEDIDO FORMAL: 1) Apagar el fuego de inmediato; 2) Prohibir para siempre esta práctica; 3) Plan de manejo de residuos con aprobación técnica; 4) Monitoreo de aire y atención médica preventiva para los vecinos.

Fuente normativa citada: Constitución 1993, Leyes 27314, 28611, 26842, 27972 y D.S. 003‑2013‑MINAM.

20/06/2026

NOTICIAS NUEVO HORIZONTE.

ONPE presenta último informe y proyecciones para la segunda vuelta 2026

Lima, 20 de junio de 2026. – La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) difundió su último informe de avance del escrutinio oficial, alcanzando el 98,63 % de actas contabilizadas en la segunda vuelta presidencial.

Según los datos registrados:
Keiko Fujimori (Fuerza Popular): 50,05 %
Roberto Sánchez (Juntos por el Perú): 49,95 %
La diferencia actual es de 18.980 votos, con ventaja para Fujimori.

Quedan pendientes de revisión 1.274 actas observadas o impugnadas, que serán evaluadas por los Jurados Electorales Especiales y el Jurado Nacional de Elecciones.

Proyecciones técnicas de la ONPE:

- Lo más probable es que la revisión final no modifique sustancialmente la tendencia, ya que las actas restantes suelen ajustar el conteo en unos pocos miles de votos, sin alcanzar para revertir la diferencia.
- El escenario de un cambio de ganador es estadísticamente remoto, a menos que se presenten pruebas irrefutables de irregularidades graves.
- La proclamación oficial por parte del JNE se estima en un plazo de 1 a 2 semanas.

La ONPE reitera que su labor es contabilizar los votos; la decisión final y la proclamación corresponden exclusivamente al JNE.

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