Alerta General
23/12/2022
Matrícula escolar digital 2023 y sus Problemas de acceso al sistema
Ante la proximidad del inicio del Año Escolar 2023. el Ministerio de Educación (Minedu) habilitó la matricula digital en la cual los padres de familia podrán registrar a sus hijos, para la educación escolar del transcurso del año escolar.
Matrícula digital que instaló el Ministerio de Educación para que accedan los padres de familia al registro de solicitudes para la asignación de una vacante de sus hijos.
Padres de familias denuncian el malestar en la plataforma digital que por segundo año presenta fallas, saturaciones, para la inscripción de menores y la confirmación de vacantes provocando un malestar en los padres de familia.
El director de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) de Tacna, Víctor Franco Castro, manifestó que los problemas son por un error en el sistema, por desconocimiento en el manejo de la plataforma por los padres de familia y por errores en el ingreso de la información de los estudiantes.
El 11 de diciembre culminó el periodo de registros en el sistema de Matrícula Digital 2023 para las regiones de Tacna (UGEL Tacna), Arequipa (las UGEL de Caravelí, Arequipa Norte, La Joya e Islay) y Madre de Dios (UGEL Tambopata), y a la fecha ya se han registrado 12 039 solicitudes de vacantes enviadas, para estudiantes de inicial de 3, 4 y 5 años y primer grado de primaria, de instituciones educativas públicas de Educación Básica Regular.
Has tu reclamo o consulta en Minedu Linck:
https://identicole.minedu.gob.pe/consultas-y-reclamos
Son 10 puntos de atención los que estarán disponibles para los padres de familia, los cuales están distribuidos en:
Tacna:
Colegio Hermanos Barreto (A un costado de la parroquia Espíritu Santo en Alto de Lima)
Colegio Republica Argentina (Frente a la plaza Juan Pablo II, a espaldas de la catedral de Tacna)
Colegio William Prescott (En ciudad perdida)
Gregorio Albarracín Lanchipa:
Dos puntos en las mismas instalaciones de la UGEL Tacna (En las begonias)
Colegio Señor de los Milagros
Alto de la Alianza
Colegio Don José de San Martín
Ciudad Nueva
Colegio Mariscal Cáceres
Pocollay
Colegio Manuel Flores Calvo (A una cuadra mas arriba de la plaza principal del distrito)
Punto de información itinerante que se movilizará por los distritos rurales (Pachía, Calana, Sama, etc.)
Líneas de atención:
Central telefónica: 01 6155770
Lunes a Viernes 08:00 a 17:00 - Sábado y domingo 08:00 a 12:00
WhatsApp: 989182816
Lunes a Viernes 10:00 a 19:00 - Sábado y domingo 08:00 a 12:00
16/12/2022
AlertaGeneralNoticias
Pedro Castillo estará 18 meses en prisión preventiva por orden de la Corte Suprema de Perú.
El juez Juan Carlos Checkley aceptó la solicitud que hizo la Fiscalía y consideró que el expresidente peruano podría fugarse si es liberado, mientras avanza la investigación en su contra. Castillo está acusado de rebelión y conspiración por ordenar la disolución del Congreso y el reordenamiento de la rama judicial. Ahora, tendrá que esperar en la cárcel hasta que termine su proceso.
“Existe un peligro de fuga concreto”, fueron las palabras que leyó el juez Juan Carlos Checkley, del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, que es una sala de la Corte Suprema de Justicia.
Pedro Castillo huya del país si es liberado, y por eso ordenó 18 meses de prisión preventiva en su contra. Por lo que estará en la cárcel hasta el 6 de junio de 2024. El principal argumento que expuso el juez para decir que Castillo sí se puede fugar es que el 7 de diciembre, el entonces presidente fue capturado cuando estaba intentado llegar a la Embajada de México para buscar asilo político. A esto, Checkley lo catalogó como una detención en “flagrancia delictiva”.
El juez tomó en cuenta las declaraciones que afirman que Castillo le ordenó a su conductor que lo llevara a la Embajada mexicana. Además, se apoyó en lo que han dicho públicamente tanto el presidente mexicano, Andrés Manuel López Obrador; como su canciller, Marcelo Ebrard. En una de sus cotidianas audiencias matutinas, López Obrador dijo que Castillo “habló a la oficina (de Presidencia) para avisar que iba hacia la Embajada e iba a solicitar asilo”, por lo que el mandatario mexicano le ordenó a su canciller que le “abriera la puerta” a Castillo.
Además, el embajador mexicano en Lima visitó al izquierdista peruano en el centro de reclusión donde está desde el 7 de diciembre. Pablo Monroy fue hasta la Dirección de Operaciones Especiales (Diroes) de la Policía, como lo dijo el propio canciller mexicano, Marcelo Ebrard.
el juez determinó que “el peligro de fuga (de Castillo) no se ha difuminado, sino que permanece latente en el tiempo”. Así, rechazó los argumentos de la defensa del expresidente, que negó que Castillo buscara asilo mexicano.
Los abogados del antiguo mandatario, Ronald Atencio y Raúl Noblecilla, no asistieron a la audiencia; como tampoco lo hizo el propio Castillo. Ellos afirman que hay irregularidades en todo el proceso y que este se trata realmente de una “vacancia ilegal y exprés”. Ante su ausencia, la Justicia designó a Italo Díaz como el defensor de oficio del expresidente.
La ausencia de los abogados se da a pesar de que fue por ellos que la audiencia se retrasó un día, ya que estaba inicialmente programada para el miércoles, 14 de diciembre. Era en esa fecha que se cumplían los siete días de prisión preventiva que ordenó la Justicia el 7 de diciembre, cuando capturaron a Castillo. Pero la postergaron por un día más luego de que los propios abogados del expresidente pidieran más tiempo para estudiar el caso.
Aun sin ellos presente, los argumentos de base que tuvo en cuenta el juez sí son los que dio la defensa original. Atencio y Noblecilla expresaron en su momento que no había riesgo de que Castillo se fugara porque tiene dos hijos menores de edad por los que debe responder, porque tiene una dirección de domicilio fija en Puña (de donde es oriundo) y porque tiene un trabajo como profesor en la misma localidad.
el juez Checkley los desestimó uno a uno. Primero, dijo que el arraigo domiciliario no era fuerte porque Castillo ya había vivido en el palacio presidencial en Lima, por lo que su dirección original no era argumento suficiente. Frente a su trabajo como docente, dijo que había un “arraigo disminuido” porque ya no trabajaba como tal. Y el único que sí le aceptó fue el de los hijos.
Con este panorama, el magistrado de la Corte Suprema ordenó 18 meses de prisión preventiva en contra de Castillo. El defensor de oficio de Castillo afirmó que apelarán la decisión.
Todo esto no significa que haya sido declarado culpable de los delitos de rebelión, conspiración, abuso de autoridad y grave perturbación de la tranquilidad pública que le imputó la Fiscalía; sino que es una medida para asegurar que sí esté en medio del proceso judicial. Ahora, lo que sigue es la investigación para luego ir a juicio y que sea la Justicia la que determine si el expresidente debe pagar cárcel o no.
Si lo declaran culpable, podría pagar de cuatro a 10 años de prisión. A Castillo lo acusan de modificar de manera ilegítima el régimen constitucional o, en otras palabras, de asestar un autogolpe de Estado. Esto porque en su alocución del 7 de diciembre declaró un “gobierno de emergencia excepcional”, después de ordenar la disolución del Congreso y “reorganizar” el sistema de justicia. Sus palabras se parecieron mucho a las que usó Alberto Fujimori el 5 de abril de 1992, cuando anunció el Gobierno de Emergencia, disolvió el Congreso, ordenó “la organización del poder judicial” y dio así un golpe de Estado.
08/12/2022
🔴⚫Federación Nacional de Abogados del Perú presenta hábeas corpus por detención de Pedro Castillo.
Pedro Castillo: presentan hábeas corpus a favor de exmandatario
El abogado de la Federación Nacional de Abogados del Perú, representada por Gregorio Parco Alarcón, presentó una demanda de hábeas corpus. Esto por la presunta detención arbitraria del expresidente Pedro Castillo y el expremier Aníbal Torres. En el documento se afirma que el expresidente y el expremier fueron detenidos ilegalmente sin mandato judicial. Además, se precisa que con esto se ha violado su libertad personal, integridad personal, la salud y la vida. Asimismo, se señala que Castillo Terrones “sigue siendo presidente de la República del Perú”, debido a que luego de que Dina Boluarte juramentara como jefa de Estado y dicha designación sea publicada en el Diario oficial El Peruano, “recién al día siguiente a su publicación entra en vigencia, según el artículo 109 de la Constitución”.
Los demandados son el coronel de la Policía Nacional del Perú (PNP) Harvey Colchado y la Fiscal de la Nación Patricia
El Segundo Juzgado Constitucional declaró improcedente el hábeas corpus presentado a favor de Pedro Castillo y Aníbal Torres contra el coronel PNP Havey Colchado y la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, por supuesta detención arbitraria.
07/12/2022
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🔵⚫Crisis política | La vicepresidenta Dina Boluarte jura el cargo de presidenta tras la detención de Pedro Castillo.
Pedro Castillo: destituyen y detienen al presidente de Perú después de que disolviera el Congreso y anunciara un "gobierno de excepción".Pedro Castillo es detenido en la Prefectura tras dar golpe de Estado
La decisión del presidente de Perú, Pedro Castillo, de decretar un Gobierno de excepción y disolver el Congreso
Patricia Benavides, fiscal de la Nación de Perú, rechazó la decisión de Castillo de disolver el Congr“Quiero empezar rechazando de manera enfática todo quebrantamiento del orden constitucional. El Ministerio Público se reafirma y como Fiscal de la Nación sostengo y exhorto respetar la constitución política del estado de derecho y la democracia que tanto nos ha costado lograr”
Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional de Perú emitieron un comunicado en el que expresaron su apoyo al "orden constitucional establecido"
Castillo dictó la disolución temporal del Congreso horas antes de que el Parlamento debatiera una moción de vacancia en su contra.
El maestro rural ha sido destituido y detenido tras perder el apoyo del Ejército. El Tribunal Constitucional ha calificado de “golpe de Estado” las medidas anunciadas, que incluían una reorganización del sistema de justicia y el toque de queda. La vicepresidenta Dina Boluarte ha jurado el cargo de presidenta.
convirtiéndose en la primera mujer en gobernar Perú. El ex-mandatario Castillo, marcado por la inestabilidad, termina así tras año y medio de promesas incumplidas y escándalos de corrupción.
El Congreso de la República ha restituido el orden democrático y constitucional, declarando la vacancia de la presidencia de Pedro Castillo, y ha tomado juramento a la vicepresidenta Dina Boluarte”
Según informan medios locales, Castillo se presentó después ante la prefectura de la Policía Nacional de Perú (PNP), donde fue puesto bajo custodia.
"Dando cumplimiento a nuestras facultades y atribuciones descritas en el art. 5 de D.L n.° 1267 Ley la Policía Nacional del Perú, efectivos PNP intervienen al expresidente Pedro Castillo", informó la institución en un tuit que luego fue borrado.
Posteriormente, Dina Boluarte juró como nueva presidenta de la República, la primera mujer en ocupar el cargo en Perú.
Castillo debía responder la acusación que le hace el Legislativo de tener "permanente incapacidad moral" para gobernar, por tercera vez desde que asumió el cargo en julio de 2021.
El presidente Castillo dijo este martes que lo que pretenden quienes impulsan este juicio político en su contra es "dinamitar la democracia y desconocer el derecho de elegir" de lo peruanos, además que querer "sacar provecho y tomar el poder que en las urnas el pueblo les quitó".
Era el tercer intento de moción de vacancia contra el presidente Pedro Castillo, y el quinto para un presidente en ejercicio en los últimos cinco años.
Desde 2016, Perú ha tenido cinco presidentes, incluyendo a Castillo, quien fue elegido para el periodo presidencial de 2021-2026. Antes de él, en 2018, Pedro Pablo Kuczynski enfrentó una moción de vacancia, pero renunció antes de la votación de destitución que se estima tenía perdida.
Para admitir la vacancia de un presidente de Perú son necesarios 87 votos, que corresponden a dos tercios de los 130 miembros del Congreso.
La Constitución peruana, en su artículo 113, contempla que la presidencia de la República vaca por varias causas, como la “permanente incapacidad moral” declarada por el Congreso.
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