Programa Radial Negocios Inmobiliarios

Programa Radial Negocios Inmobiliarios

Compartir

Programa Radial "Negocios Inmobiliarios" trasmitido todos los domingos de 8am a 9am a traves de la señal de Radio Libertad (820AM) Programa en el que se tratan temas de palpitante actualidad referidos al derecho inmobiliario y registral. Absolvemos en vivo todas las consultas de nuestros oyentes, para lo cual se pueden comunicar al telefono de cabina:7227122

21/04/2020
19/12/2015

AGENDA INMOBILIARIA N°24
Sabias que: Para constituir un patrimonio familiar es requisito esencial no tener deudas cuyo pago sea perjudicado por su constitución.
Pueden constituirlo: Cualquiera de los cónyuges sobre bienes de su propiedad.
Los cónyuges de común acuerdo sobre bienes de la sociedad.
El padre o madre que haya enviudado o se haya divorciado, sobre sus bienes propios.
El padre o madre solteros sobre bienes de su propiedad.
Cualquier persona dentro de los límites en que pueda donar o disponer libremente en testamento

18/12/2015

AGENDA INMOBILIARIA N°23:
Sabias que, la Constitución de patrimonio familiar (hogar de familia) es la afectación de un inmueble para que sirva de casa habitación a miembros de una familia o para que esté destinado a la agricultura, la artesanía, la industria o el comercio como fuente de recursos que asegure su sustento.
El patrimonio familiar no puede exceder de lo necesario para la morada o el sustento de los beneficiarios. Es inembargable, inalienable y trasmisible por herencia.
La constitución del patrimonio familiar se formaliza en sede Notarial o Judicial, y no transfiere la propiedad de los bienes del que lo constituye a los beneficiarios, quienes adquieren sólo el derecho de disfrutar de aquellos.

16/12/2015

AGENDA INMOBILIARIA N°21:
SABIAS QUE: La Inmovilización permite al propietario cerrar temporal y voluntariamente la partida registral de su predio, por un plazo máximo de 10 años. Para que opere la inmovilización de la partida no deberá existir ningún acto de disposición, carga o gravamen voluntario, no inscrito de fecha cierta anterior al asiento de presentación de la solicitud de inmovilización, para lo cual el titular con derecho inscrito deberá manifestarlo así mediante una declaración jurada con firmas certificadas que se insertará en una escritura pública otorgada para dicho efecto.

11/12/2015

AGENDA INMOBILIARIA 17.
SABIAS QUE: LA GARANTIA MOBILIARIA (ANTES PRENDA) ES LA AFECTACION DE UN BIEN MUEBLE, MEDIANTE LA ENTREGA FISICA O JURIDICA, PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMEINTO DE CUALQUIER OBLIGACION.

¿Quieres que tu empresa sea el Práctica Jurídica mas cotizado en Lima?
Haga clic aquí para reclamar su Entrada Patrocinada.

Dirección


Lima
LIMA27