Asesores
27/05/2026
El pasado 22 de mayo, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) anunció un nuevo memorando de política en el que reitera que, conforme a la legislación migratoria vigente y a diversas decisiones judiciales, los extranjeros que soliciten un ajuste de estatus deberán realizar el trámite consular a través del Departamento de Estado desde fuera de Estados Unidos.
Asimismo, el memorando indica que los oficiales de inmigración deberán considerar todos los factores e información relevantes de manera individual, caso por caso, para determinar si un extranjero amerita esta forma extraordinaria de ayuda migratoria.
Compartimos el enlace oficial del memorando:
https://www.uscis.gov/sites/default/files/document/memos/PM-602-0199-AdjustmentOfStatusAndDiscretion-20260521.pdf
25/05/2026
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El día 14 de mayo de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la “Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026”, compartimos algunos de los cambios y compartimos link oficial para su consulta.
1. Expediente que debe integrar el A.A. del usuario de comercio exterior (Regla 1.4.14)
**Actualizar el expediente cada 3 años, o cuando el usuario informe modificaciones.
**El comprobante de domicilio en donde realiza las actividades relacionadas con la operación de comercio exterior.
**Se eliminan los documentos y fotografías como requisitos independientes (anterior fracción V y VI), integrándose en la manifestación del usuario (actual fracción VII) en la que:
**Describa el inmueble, activos, personal y medios de operación
** Incluya fotografías de los bienes
2. Manifestación de Valor (Regla 1.5.1)
**Se establece que el periodo de convivencia concluye el 31 de mayo de 2026
**No será necesario transmitir la manifestación de valor en pedimentos globales complementarios; ni en operaciones mediante documento distinto al pedimento.
28/01/2026
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