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Fátima Muñoz Maldonado en LinkedIn: Los nuevos autónomos en Andalucía que lleven un año de actividad ya pueden… 08/01/2024

¡ Atención!. Bonificación autónomos. Cuota cero.

Fátima Muñoz Maldonado en LinkedIn: Los nuevos autónomos en Andalucía que lleven un año de actividad ya pueden… ¡ Atención!. Bonificación para autónomos. cuota cero.

Fátima Muñoz Maldonado on LinkedIn: Graduados Sociales Sevilla 30/03/2023

Muy interesante la jornada de ayer celebrada por nuestro colegio profesional, sobre novedades de los contratos fijos discontinuos y nueva regulación del servicio del hogar familiar, a cargo de Antonio Benavides Vico, Abogado, Graduado Social y ex Inspector de Trabajo y Seguridad.
¡ Un placer aprender de los que más saben!

Fátima Muñoz Maldonado on LinkedIn: Graduados Sociales Sevilla Muy interesante la jornada de ayer celebrada por nuestro colegio profesional sobre novedades de los contratos fijos discontinuos y nueva regulación del…

Fátima Muñoz Maldonado on LinkedIn: #hogar #trabajo #cuotas #seguridadsocial 04/01/2023

¡ Por si os interesa!
Información de servicio sobre Sistema Especial Empleados de Hogar.

Fátima Muñoz Maldonado on LinkedIn: #hogar #trabajo #cuotas #seguridadsocial Información de servicio 👩‍💻 🔈A partir de este uno de enero de 2023, los empleados de hogar que eran los responsables del ingreso de sus cuotas a la…

31/01/2022

📌Información de servicio 🎙▶️

Los societarios acogidos a la jubilación activa sólo pueden compatibilizar su actividad laboral con el cobro del 50% de la prestación de jubilación, y no con el del 100% de la prestación. Así lo ha aclarado una reciente sentencia del TS de 23 de julio de 2021.

El Tribunal considera que el percibo del 100% de la prestación sólo es posible en el caso de autónomos que desarrollan su actividad laboral como personas físicas.

Hay que tener en cuenta que los autónomos societarios no reúnen el requisito de tener contratado al menos un trabajador por cuenta ajena, ya que la condición de empleador es de la sociedad y no de ellos.

La empleadora es la sociedad y puede seguir manteniendo la actividad y los contratos laborales vigentes.



!Seguimos informando! 😃

13/01/2022

Más sobre lo que se nos viene tras la aprobación del Real Decreto_ley 32/ 2021 de 28 de diciembre. 👇👇

1. Los contratos por obra o servicio y los contratos temporales celebrados con anterioridad a la entrada en vigor del mencionado Real Decreto-ley, es decir, los celebrados antes del 31 de diciembre de 2021, continúan vigentes hasta agotar su duración máxima ( Disposición Transitoria tercera de la norma). ✅

2. Se podrán formalizar contratos por obra o servicio y contratos eventuales por circunstancias de la producción entre el 31 de diciembre de 2021 y el 30 de marzo de 2022. Si bien se regirán por la normativa vigente en el momento de concertarse y su duración no podrá ser superior a 6 meses. ( Disposición Transitoria cuarta de la norma). ✅

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