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C.G.P.J - Notas de prensa 04/05/2021

UN JUZGADO CONDENA A UN CRIADOR DE PERROS A INDEMNIZAR A UNS CLIENTA A LA QUE ENVIÓ UN CACHORRO ENFERMO

Señala la magistrada en la sentencia que la compra se realizó por internet, sin que la vecina de A Coruña se desplazase al criadero para escoger a su perro, “por lo que la confianza depositada en el vendedor aún es mayor”

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña ha condenado a un criador de perros a pagar 660 euros a una clienta a la que le envió un cachorro en mal estado. “Ha existido una compraventa y la demandante ha demostrado que cuando el cachorro llegó no estaba bien y un veterinario ha certificado la existencia de una anemia y de dos problemas congénitos que precisan intervención quirúrgica”, indica la jueza, al tiempo que destaca que el demandado sabía que existían esos problemas cuando envió desde Andalucía el perro a A Coruña en agosto de 2020. “Ha de asumir las consecuencias de sus actos, indemnizando a la demandante con el coste de todos los gastos veterinarios que reclama”, explica la magistrada, quien subraya que “en modo alguno” es argumentable “un transcurso de plazos o una inoperatividad de garantías frente a quien, como consumidor, adquiere un perro”.

La titular del Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña asegura en la resolución que la demandante, de haber sabido la situación en la que se encontraba el perro, “no lo hubiese comprado o hubiese pagado mucho menos por él, atendidos los problemas que tenía, no constatables para un consumidor medio, pero sí apreciables para quien se dedica a la cría de animales y para su veterinario de referencia”. Además, señala en la sentencia que la compra se realizó por internet, sin que la vecina de A Coruña se desplazase al criadero para escoger a su perro, “por lo que la confianza depositada en el vendedor aún es mayor”.

Desde el 28 de agosto de 2020, cuando la afectada presentó la demanda, la situación, según explica la jueza, ha cambiado, “ya que el cachorro está insertado en la familia y pendiente de las operaciones”, lo que motivó que la compradora “retirase todas las reclamaciones de su demanda, manifestando su voluntad de quedarse con el perro y reclamar únicamente los gastos veterinarios, un total de 660 euros”. La sentencia es firme, por lo que contra ella no cabe presentar recurso

C.G.P.J - Notas de prensa Notas de prensa

El casero no tiene que avisar al inquilino de que activará el desahucio si deja sin pagar el IBI 04/05/2021

EL CASERO NO TIENE OBLIGACIÓN DE AVISAR AL INQUILINO DE QUE ACTIVARÁ EL DESAHUCIO SI DEJA SIN PAGAR EL IBI

El impago del recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de la vivienda alquilada por el inquilino constituye un motivo legítimo para el ejercicio del desahucio por el arrendador. Sin embargo, el casero no tiene la obligación en el requerimiento previo de pago de advertir que el contrato va a ser resuelto y que en el caso de producirse el pago no se procederá a poner en marcha la acción de desahucio.

Así, lo reconoce el Tribunal Supremo en una sentencia, de 12 de abril de 2021, en la que cita una sentencia previa, de 22 de septiembre de 2015, en la que se establece que la comunicación ha de contener un requerimiento de pago de renta o cantidad asimilada; ha de ser fehaciente, es decir, por medio que permita acreditar que llegó a conocimiento del arrendatario, con la claridad suficiente; hade referirse a rentas impagadas; debe transcurrir el plazo legalmente previsto, que ha venido fluctuando entre uno y dos meses, en las sucesivas reformas legales; y qie el arrendatario no haya puesto a disposición del arrendador la cantidad reclamada.

El casero no tiene que avisar al inquilino de que activará el desahucio si deja sin pagar el IBI El impago del recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de la vivienda alquilada por el inquilino constituye un motivo legítimo para el ejercicio del desahucio por el arrendador. Sin embargo, el casero no tiene la obligación en el requerimiento previo de pago de advertir que el contrato va ...

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