PLA ADVOCATS ASSOCIATS
PLA ADVOCATS ASSOCIATS es un despacho de abogados ubicado en la Ciudad de la Justicia de Barcelona y Hospitalet que ofrece servicios de asesoría y representación jurídica dirigidos tanto a particulares como a pymes en distintos ámbitos legales. Somos profesionales con un alto nivel de experiencia, especialización y compromiso. El objetivo principal del despacho es ofrecer siempre un asesoramiento
22/01/2016
COMO RECLAMAR LA DEVOLUCIÓN DE UNA FIANZA
Desde PLA ADVOCATS ASSOCIATS les ofrecemos una breve pincelada sobre los trámites necesarios para la reclamación de la devolución de la fianza de alquiler una vez concluido el contrato de alquiler.
Finalizado el contrato de arrendamiento, salvo que se adeuden cantidades o se hayan producido daños en la vivienda, se puede reclamar efectivamente la devolución de la fianza. Si el arrendador no realiza la devolución de la misma en el plazo de 1 mes a contar desde que se produce la entrega de llaves, la LAU establece que se devengarán intereses legales.
En caso de falta de devolución, desde PLA ADVOCATS ASSOCIATS aconsejamos al inquilino el inmediato envío de un burofax reclamando la devolución de la citada fianza. Reclamada la fianza de forma amistosa sin éxito, el inquilino habrá de acudir a los tribunales para proceder a su reclamación judicial.
El procedimiento judicial a seguir será el ordinario, proceso que determina el art 249.1.6º de la LEC para la aclaración de controversias en materia de arrendamientos urbanos. No obstante, se establece como excepción que se usará el juicio verbal cuando la controversia verse sobre:
-Reclamación de rentas impagadas u otras cantidades debidas.
-Demanda de desahucio por falta de pago de la renta.
-Demanda de desahucio por finalización del contrato.
El inquilino, asistido por un procurador y un abogado, presentará la demanda solicitando la devolución de la fianza. Admitida la demanda a trámite se dará traslado de la misma al demandado (arrendador), concediéndole un plazo de 20 días para que proceda, en su caso, a la contestación de la misma. El Secretario Judicial citará a las partes para la celebración de la Audiencia Previa dentro de los 20 días siguientes, acto en el que se intentará la adopción de un acuerdo entre las partes, se fijará el objeto del proceso y se propondrá la práctica de prueba.
Dentro del plazo de un mes tras la celebración de la Audiencia Previa, se señalará fecha y hora para la celebración de la vista de juicio oral, en la que se practicará la prueba y se realizarán las conclusiones de las partes. Se dictará sentencia en un plazo de 20 días a contar tras la finalización de la vista, salvo que se acordaran diligencias finales, quedando en ese caso suspendido por 20 días el plazo para dictar sentencia.
Si usted está interesado en realizar una consulta sobre esta materia con un abogado de PLA ADVOCATS ASSOCIATS especializado en derecho de arrendamientos puede ponerse en contacto con nosotros a través de nuestra página de CONTACTO.
Departamento Derecho Inmobiliario
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