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💙 Un dulce saludo realizamos este 12 de Mayo conmemorando el

05/01/2022

*INFORMATIVO FENASENF.*

*_Resumen ley descanso reparatorio ( 5 de enero 2022)_*

*REQUISITOS* :

-Haber estado trabajando continuamente desde el 30 septiembre del 2020 y estar vigentes a la fecha de publicación de la ley.
-Tener una jornada igual o superior a 11 hrs semanales.

*¿A QUIENES BENEFICIA?*

-Titulares, contratas y honorarios.

*¿EN QUE CONSISTE?*

-14 días para quienes trabajaron de manera continua en forma presencial o alternando con trabajo a distancia.
-7 días para quienes tuvieron teletrabajo exclusivo.

*IMPORTANTE 🙂* :

-Se puede usar en próximos 3 años de publicada la ley.
-Se pueden fraccionar.
-Se puede traspasar a otras entidades públicas que establece el artículo 2 de la ley.

*¿ A QUIENES EXCLUYE?*

-Trabajadores de direcciones de servicio.
- Excluye a quienes padecieron alguna condición que genere alto riesgo en virtud de la cual dejaron de ejercer sus funciones o labores de manera presencial durante la pandemia, y fueran éstas incompatibles con la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo.

*👁 En el caso de las exclusiones, los directores de servicio tendrán que definir listados de funcionarios que cumplan los criterios señalados en la ley y sean depositarios del beneficio*

10/12/2021

Declaración pública Fenasenf. Nuestras líneas políticas como federación van en concordancia con un solo candidato. Cómo trabajadores de salud y empleados públicos, no podemos retroceder en los derechos que hemos adquiridos. Debemos defender la salud como un derecho para todos los chilenos.

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