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30/08/2021

Credito a tasa cero :para monotributistas:
👈Los pequeños contribuyentes tienen tiempo para el trámite ante la AFIP hasta el 31 de diciembre de 2021 y dispondrán hasta el 20 de enero de 2022 para completar la solicitud en la entidad bancaria emisora de su tarjeta de crédito
👈Aquellos monotributistas que no cuenten con dicho medio de pago deberán seleccionar una entidad bancaria que le emitirá una tarjeta para continuar el trámite.
👈El monto máximo de los Créditos a Tasa Cero depende de la categoría en la que se encontraba registrado cada monotributista al 30 de junio (previo a la última recategorización): 
Categoría A hasta $90.000
Categoría B: hasta $120.000
Resto de las categorías: hasta $150.000
👈En tanto, el mínimo de los Créditos a Tasa Cero previsto por la normativa es de $10.000. 

19/07/2021

Recategorización Monotributo:
💠La recategorización es un procedimiento que se realiza dos veces al año.
👈 Los contribuyentes deben evaluar qué categoría del monotributo le corresponde de acuerdo a su actividad durante los últimos 12 meses.  
💠 La AFIP estableció que hasta el 27 de agosto podrá realizarse el pago de la obligación mensual correspondiente a dicho mes.

06/07/2021

💠Beneficio contribuyentes cumplidores:
Podrán optar por volver a adherirse al monotributo cuando los ingresos brutos devengados en el régimen general en ese mismo período no hubieran excedido en ningún momento el 25% del límite superior de la categoría máxima de monotributo de la actividad desarrollada.
👈La aceptación o rechazo del trámite estará disponible en el Domicilio Fiscal Electrónico.
👈Si la solicitud es aprobada, se podrá reingresar al monotributo desde la opción “Darse de alta” disponible en el portal, para lo cual se deberá completar el proceso de adhesión habitual.
👈Los contribuyentes que opten por permanecer en el Régimen General podrán acceder a una reducción del saldo técnico de IVA durante 3 años - contados desde el primer día del mes siguiente al que se ejerza la opción- en forma decreciente. 
🚩El primer año una reducción del 50%, el segundo año una reducción del 30% y el tercer año del 10%.

05/07/2021

💠Los plazos fijos seguirán exentos en el impuesto sobre los bienes personales sin ningún tipo de limitación

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