Enfoque Policial

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19/04/2026

Las cosas como son, el apoyo siempre estuvo ahí. El factor de que hoy no sea senador todos los conocen, pero la vida siempre da revanchas.

20/03/2026

🚨 ¿Omisión o interpretación defectuosa de la norma?

Hace poco, en el estudio analizamos un caso que refleja un problema serio en el ámbito disciplinario policial: la tendencia a sancionar sin una correcta comprensión del marco legal.

Se inició investigación contra un efectivo policial por no haber levantado (impuesto) una papeleta de tránsito tras un accidente con lesiones y presunta conducción en estado de ebriedad. La Oficina Disciplinaria sustenta la imputación señalando una supuesta omisión funcional, apoyando su imputación en el Manual de Organización y Funciones de la PNP (R.D. N.° 98-2015-DIRGEN-EMG-PNP). En efecto, una de las funciones según el referido manual es imponer papeletas de infracción al tránsito.

Pero aquí surge el punto clave 👇

El Reglamento Nacional de Tránsito (D.S. N.° 033-2001-MTC) establece que las infracciones detectadas —inclusive por la Policía— deben ser puestas en conocimiento de la autoridad competente (Municipalidades o SUTRAN), encargada de iniciar el procedimiento administrativo sancionador.

En ese sentido, aun sin necesidad de verificar la vigencia actual del Manual de Organización y Funciones de la PNP, resulta jurídicamente imprescindible que su contenido sea objeto de una interpretación sistemática y no aislada. Bajo esta lógica, cobra especial relevancia el principio de jerarquía normativa, en virtud del cual un reglamento aprobado por Decreto Supremo —como el Reglamento Nacional de Tránsito (D.S. N.° 033-2001-MTC)— prevalece sobre un instrumento de gestión institucional aprobado mediante resolución directoral.

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18/03/2026

La reunión realizada hace cinco días, cuando aún estaba a cargo de la cartera el Gral. Begazo, fue presentada como un espacio de coordinación con exministros del Interior. Sin embargo, no participaron todos ni quedó claro su alcance real.

Hoy, con un nuevo Ministro del Interior, surge la pregunta inevitable: ¿sirvió de algo esa reunión o quedó en nada?

En gestión pública, las reuniones deben generar resultados concretos. De lo contrario, solo evidencian falta de rumbo y, peor aún, podrían implicar un uso injustificado de recursos públicos.

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