ABAT Consulting

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23/02/2026

Si tu empresa tiene más de 300 trabajadores el dictamen ante el IMSS es una obligación

En base a lo establecido en el articulo 16 de la Ley del Seguro Social, las empresas que de conformidad con el reglamento del Seguro Social cuenten con un promedio de 300 o mas trabajadores, están obligados a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones ante el Instituto por contador público autorizado.
El Dictamen se debe presentar a mas tardar el 30 de septiembre de cada año, previo a esto, de debe prestar un aviso de dictamen en el mes de abril de cada año.

Consecuencia de no hacerlo.

El incumplimiento de esta obligación no solo genera multas, sino que deja la puerta abierta a revisiones profundas por parte del Instituto.

• Multas Económicas: Sanciones que oscilan entre 20 a 350 veces la UMA (Unidad de Medida y Actualización).
• Revisiones Directas: Al no presentar el dictamen, el IMSS puede iniciar facultades de comprobación (auditorías) sobre los últimos 5 años.
• Emisión de Cédulas de Liquidación: El Instituto puede determinar presuntivamente créditos fiscales por cuotas omitidas.

Beneficios por la presentación del dictamen
Presentar en tiempo el dictamen no es solo para cumplir con tus obligaciones, también aporta valor a la empresa:
• Blindaje Legal: Los patrones que presenten dictamen, no serán sujetos de visita domiciliaria por los ejercicios dictaminados
• Identificar y corregir: Detectar omisiones o errores en el pago de cuotas antes de que la autoridad lo haga.
• Optimización de Costos: Validar que se esté pagando lo justo, ni un peso más ni un peso menos, mediante una correcta integración salarial. Además, la detección oportunidad de inconsistencias reduce el impacto de los accesorios fiscales (multas, actualizaciones y recargos)
• Tranquilidad Corporativa: Asegurar que el cumplimiento de la empresa sea impecable y transparente

30/01/2023

CONSTRUCTORAS:

Si prestas servicios parciales de construcción de casa habitación, recuerda que en este mes de enero debes presenar ante el SAT el manifiesto en el que optas por el beneficio de facturar sin IVA.

El incumplimiento en la presentación del aviso hará improcedente la aplicación del estímulo fiscal respecto de los servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación que se proporcionen durante el periodo del año que corresponda en que se haya omitido dicha presentación.

Una vez presentado el manifiesto y cumpliendo con los requisitos establecidos, podrás facturar sin IVA los servicios parciales de construcción de casa habitación.

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Francisco Garza Sada
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